Retención de Impuesto sobre la venta en Estados Unidos de Inmuebles
La disposición de un interés de bienes raíces en Estados Unidos por una persona extranjera (el cedente) está sujeta a la Ley de Inversión Extranjera de Impuesto de Bienes Raíces/Inmuebles de 1980 (FIRPTA). FIRPTA autorizó a los Estados Unidos a retener el 10 por ciento del valor de venta de personas o empresas extranjeras en las disposiciones de los intereses en E.U. de Bienes Raíces/Inmuebles. En la mayoría de los casos, el cesionario / comprador es el agente de retención. Si usted es el cesionario / comprador debe averiguar si el cedente es una persona extranjera. Si el cedente es una persona extranjera y usted no retiene, usted puede ser responsable por el impuesto.
Nosotros podemos ayudar al vendedor extranjero a recuperar la retención sobre la venta de la propiedad en los EE.UU. porque hemos procesado un gran número de solicitudes de reembolso (certificados de Retención) en los últimos 15 años.